15/7/21

Transcripciones de la partida de nacimiento y de matrimonio de José Ramírez de Velasco, hijo de Tomás y Doña Ana de Ortega


 Partida de Bautismo de José Ramirez de Velasco Libro 1° folio 298. Macharaviaya 

En la villa de Macharaviaya en 29-07-1695 yo el licenciado don Bartolome de Rueda y Calvo Beneficiado y cura de ella con la de Benaque bauticé a Joseph hijo de Thomas Ramirez de Velasco y de Ana de Ortega su legitima mujer vecino de dicha villa declaro dicho su padre no haber tenido otro del mismo nombre y que nació el día 22 de dicho día mes y año: fueron sus padrinos Francisco de Rueda y Doña María de Alba (...) su madre vecino de la villa de Benaque a los cuales los que advertí el parentesco espiritual que con su (...) y padres han contraído y la obligación que tienen de enseñar la doctrina christiana de que doy fe. Bernardo de Rueda Calvo.


Partida de matrimonio Libro 1° hoja 175

En la villa de Macharaviaya en 20-01-1721, yo Don Juan Francisco de Carrión Cáceres cura de la iglesia parroquial de dicha villa en virtud de mandamiento del señor provisor y vicario general de este obispado su (xx) en Málaga en 14 de dicho mes y año desposé por palabras de presente que hicieron verdadero y legitimo matrimonio a Joseph Ramirez de Velasco hijo legitimo de Thomas Ramirez de Velasco y Doña Ana de Ortega su mujer, con Bernarda Antonia Aragonés y Gálvez hija legitima de Juan del Pino y a Maria de Aragonés sur mujer vecinos y naturales de dicha villa (xx) en tercero con cuarto grado de consanguinidad habiendo precedido las tres amonestaciones que dispone el santo concilio de Trento y no resultando canónico impedimento y pasado veinte y cuatro horas, despues de la última amonestación y examinados dichos contrayentes en la doctrina christiana que supieron y cumplido con haber confesado y (xxx) y todo lo que se manda por las constituciones sinodales de este obispado, fueron testigos Joseph Gallardo, Francisco Antonio Coronado y Thomas Ramirez vecinos de la dicha villa de Macharaviaya y asimismo en dicho día mes y año di las bendiciones nupciales a dichos contrayentes con las ceremonias del ritual romano : fueron padrinos Joseph Sánchez y Doña Mariana Aragonés su mujer vecinos de Vélez y de todos doy fe – Juan Francisco de Carrión y Cáceres


Fuente de información: Expediente de la Orden de Carlos III  de Bernardo de Gálvez, hijo de Matias de Gálvez. de Macharaviaya.  Pares


19/5/21

La Historia en los libros

1.

Desde aquel 711, mucho tiempo pasaría hasta el siglo XV en que Vélez, con su comarca, volvería a ser cristiana. LLegados por el estrecho de Gebel-Tarik, pronto acamparían en las fértiles tierras de la Axarquía los guerreros musulmanes del árido territorio africano...
...De su estancia, varias veces secular, nos dejaron fortificaciones cerca de la costa - Benhalid y Benajarafe-, ...
Francisco del Pino Roldán. La ciudad de Vélez-Málaga y la Comarca de la Axarquía


2.
Según declaración jurada de algunos moros, consta que "en tiempos de la dominación árabe, los límites de Poniente alcanzaban al Arroyo de la Palma, distante tres leguas de la ciudad, pasando por la alquería de Benajarafe,  Chauchillas..."
Francisco del Pino Roldán. VÉLEZ-MÁLAGA. Estudio Hitórico-Jurídico de la ciudad en los siglos XVI Y XVII. Málaga, 1995.


3.
En 1487 se produce la conquista de Vélez- Málaga.
El 27 de abril se produce la toma militar.
El 3 de Mayo de 1487 se produce la toma de posesión de la Villa por los Reyes Católicos.
A los pocos días, por el Camino Viejo de Málaga, partieron hacía Bizmiliana, para establecer desde allí el sitio de Málaga.
Una vez conquistada Vélez por los Reyes Católicos, se firmaron las Capitulaciones, pacto de rendición de los musulmanes con contrapartidas por parte del Rey Católico.
El resumen de los acuerdos podría ser este. He destacado lo que me parece más importante:
1º.- La entrega por parte de Bulcacen Venegas, Alcayde e cabecera de la ciudad de Vélez, por sí y en nombre de la ciudad, de la Alcazaba de Vélez, que quedaba a la entera disposicón del Rey Católico.
2.- El mandato por parte del Rey de que en un plazo del 6 días, el dicho Alcayde le entregara todas la ciudad "desembargada" y que todos los moros y gentes que hubiera en la ciudad se marcharan sin dejar ocupada cosa alguna, entregando las puertas, torres y fuezas al Rey, dejándolas a su libre y entera voluntad.
3.- Que dicho Alcayde y los vecinos y moradores entregaran todos los cautivos cristianos que tuvieran en la ciudad o en otros lugares desde los últimos treinta días antes de la toma de Vélez.
4.- El Rey se comprometía a dejar libres y seguros a todos los vecinos de la ciudad para que se fueran a cualquier parte que se quisieran ir, así por mar como por tierra, con todos sus bienes muebles. Tenían que entregar al Rey los tiros de polvora y mantenimiento.
A a los que se quisieran ir allende (se refería al otro lado del mar) les facilitaría navíos seguros a su costa, y a los que se quisieran ir por tierras se comprometía a facilitarles bestias .
5.- El Rey se comprometía también a que si algunos de los vecinos y moradores de Vélez se querían quedar como sus vasallos, él mandaría darles tierra de las alquerías de la dicha ciudad "no siendo las dichas alquerías de las apegadas a la mar". También se comprometía a respetar las tierras que tuvieran en dichas alquerías y su religión.
El rey prometía por su fé y palabra real guardar y cumplir lo pactado y no ir contra ello ni entonces ni en ningún tiempo ni en manera alguna .
Este pacto fue firmado en Vélez-Málaga el 27 de abril de 1487 por Hernándo de Zafra, por mandato del Rey, y por Bucacén Venegas, Alcayde de Vélez Málaga.
El Rey Católico hizo una excepción con Almayate (4.).

Nota:
Mudejares: nombre que se le da a los musulmanes una vez que pasaron a estar bajo dominio cristiano.


4.
El Seguro de Almayate

“Cuando los Reyes Catolicos conquistaron Vélez Málaga y con ella toda la zona oriental de la provincia de Málaga, Almayate era un lugar importante, cabeza de un distrito situado entre la Axarquía malagueña, la tierra de Comares, el rio Vélez y el mar. El 11 de mayo de 1487, dos semanas después de que Vélez Málaga capitulara, el rey Fernando concedió a los pobladores de Almayate un seguro real, por el que excepcionalmente se les permitía quedarse a vivir en sus casas y conservar todas sus propiedades de por vida, aunque no podrían transmitir a sus descendencia ni los bienes ni las garantías recibidas, que a su muerte pasaban a ser propiedad del Rey. Posteriormente, en febrero de 1497 la corona renunció a ello y amplió el seguro a todos los descendientes a cambio de que los vecinos mudéjares contribuyeran a costear la defensa costera y construyeran una nueva torre vigía en el Peñón de Almayate, la torre Nueva de Almayate, llamada torre de Moya desde mediados del siglo XVI”.
( J. SUBERBIOLA MARTÍNEZ, El seguro Real de Almayate, 1487/1497, Baetica 13, Málaga, Universidad de Málaga, 1991; se encuentra en Dialnet).

Almayate era una de las alquerías más importantes y pobladas en tiempos de moros y aún después de la conquista. Aunque sufrió varias despoblaciones. Una en 1506 ( en la víspera del día de Santa Lucía, dicen los documentos ) y otra en 1507. En octubre de 1508  se le concedió como merced al Conde de Tendillas, futuro Marqués de Mondejar. Las tierras de Chauchillas iban incluidas en esa merced. Todo lo que había sido abandonado por los musulmanes que se fueron se le concedió al Conde de Tendillas: casas, bienes, tierras.....


5.
Repartimientos

Una vez terminada la conquista de Málaga, que fue en Agosto de 1487, los Reyes Católicos decidieron repartir las casas y las tierras de Vélez entre los nuevos vecinos. Es el proceso conocido como Repartimientos. Para eso nombraron unos medidores, que conjuntamente con algunos "moros"(en realidad no eran moros, sino andalusíes musulmanes, aunque así le llamaban los conquistadores), midieron las casas y las tierras.
Antes de empezar a medir se le consultó a el Alfaquí Malaguí y a Mohammed Alimen cuáles eran los límites de la tierra de Vélez y cuál era su jurisdicción.
Lo que ellos declararon fué que el límite de Velez por poniente eran El arroyo de la Palma y Benajarfe y que desde aquí iba un camino a dar a Chauchillas e Biveros, y desde allí a Padaupel y desde allí a Carxis y Benate.
Desde el Arroyo de la Palma hasta Vélez dijeron que había tres leguas (La legua en aquella época equivalía a lo que hoy son 5,914 k)
En Benajarafe, concretamente, los medidores dicen que hay 150 fanegas de sierra con árboles y 80 aranzadas de viña de sierra.
En Chauchillas midieron 100 fanegas de sierra con árboles y 80 aranzadas de viña de sierra.
El 28 de septiembre de 1487, la medición estaba hecha. Se había utilizado la medida de Córdoba ( 1 aranzada= 3.672 metros cuadrados).
Los repartimientos de Vélez-Málaga: primer repartimiento. 
Martín Palma, María Teresa, (aut.). Editorial Universidad de Granada


6.
 Qué era y dónde estaba Chauchillas

Chauchillas era una alquería situada en la margen derecha del Arroyo de Íberos, que existía antes de la conquista de los Reyes Católicos. Nicolás de Cabrillana la sitúa en lo que hoy es la cortijada de Los Puertas o en la Loma de los Morales. A raíz de mi lectura de los Libros de Repartimiento de Vélez, yo me inclino a pensar más bien en la segunda posibilidad. Sus tierras eran las comprendidas entre el Río Íberos (en algunas descripciones se incluyen tierras en su margen izquierda, como el el Cerro de las Piedras) y el Río de Chauchillas (hoy arroyo de  los Arquillos?). Por el norte estaba la alquería de Biveros y por el sur el mar. La mayoría de lo que fue este término, pertenece actualmente a la pedanía de Benajarafe.
Antes de la conquista cristiana, la alquería de Chauchillas, tenía una mezquita, lo que indica que tenía al menos doce familias, según las disposiciones que dictó en su tiempo Yusuf I. Según Antonio Domínguez Ortiz las familias musulmanas eran bastante numerosas, por lo que su número de habitantes podía oscilar entre las 60 o 80 personas.
Chauchillas se despobló a raiz de la conquista y la mezquita fue convertida en lagar, según nos dice J. E. López de Coca en su artículo El Repartimiento de Vélez Málaga.
En los libros de repartimiento de Vélez Málaga consta su medida y su reparto entre cristianos viejos. En Chauchillas midieron 100 fanegas de sierra con árboles y 80 aranzadas de viña de sierra.


7.
Moriscos y Cristianos viejos entre 1487-90 A 1568-70 en el Reino de Granada

Después de la conquista del Reino de Granada, los mudéjares (musulmanes ya bajo dominación de los cristianos) fueron obligados a bautizarse. Los bautizos forzosos se realizaron entre 1500 y 1510, dependiendo de las zonas. Se les obligó a escoger entre la conversión o el destierro. Casi todos se convirtieron; fueron los llamados cristianos nuevos o moriscos.
A partir de entonces, hubo en el Reino de Granada y por lo tanto en todas las alquerías de Vélez, dos tipos de cristianos: los cristianos viejos, que eran los que bajaron de Castilla y otros reinos a repoblar las nuevas tierras conquistadas y los cristianos nuevos.La convivencia no fue fácil.
Los campesinos castellanos, cristianos viejos, odiaban a los moriscos, aunque más por ser buenos campesinos y hacerles la competencia en el trabajo que por el hecho de ser de otra religión.
En realidad les daba igual que se hubiesen bautizado.
Por otra parte, la Corona de Castilla les prohibió seguir con sus costumbres, tales como el uso de su lengua, el porte de sus vestidos, amuletos, alhajas o cualquier otro símbolo de pertenencia al islam, la circuncisión, los baños, su forma ritual de matar los animales de consumo, etc..
Tambien fueron subiéndoles los impuestos y creando otros nuevos que los repobladores cristianos viejos no pagaban.
Entre 1559 y 1568 se procedió a la revisión de los límites de sus fincas y de los títulos de propiedad. Si no tenian las escrituras los multaban y si no pagaban la multa se las confiscaban.
También se prohibieron los libros de su cultura.
Todo esto contribuyó a que el ambiente se fuera enrareciendo.
Los moriscos, que querían seguir conservando sus costumbres y que consideraban injustas todas estas medidas, se sublevararon el 24 de diciembre de 1568 en las Alpujarras y posteriormente en Sierra de Bentomiz (Axarquia Oriental de Málaga). Esta sublevación recibió la respuesta militar de los castellanos y se declaró la Guerra. Uno de los episodios más cruentos de esa guerra fue el asedio y asalto al Peñon de Frigiliana, donde se refugiaron todos los moriscos de la zona.
La guerra duró hasta 1570. Para entonces el Rey de España era Felipe II.
Cuando acabó la guerra, que ganaron los Castellanos, los moriscos fueron expulsados del Reino de Granada a otras poblaciones de Castilla; todos: los que sublevaron y los que no.
Según el prestigioso catedrático de Historia D. Antonio Domínguez Ortiz, Benaque, Iznate y Macharaviaya no se sublevaron, a pesar de tener poblaciones con mayoría morisca.
Es de suponer que los moriscos que hubiera en Chauchillas, Benajarafe y Almayate tampoco se sublevaron (Antonio Dominguez Ortiz no los nombra en su relación) pues estaban bajo la influencia y protección del que para entonces era el Marqués de Mondejar, Capitán General del Reino de Granada, el nieto de D. Íñigo (Conde de Tendillas y 1er Marques de Mondejar), que a pesar de intervenir en la guerra contra los moriscos, se opuso a la expulsión y protegió a los suyos hasta que pudo, aunque solo fuera por puro interés material, pues eran unos magníficos agricultores.
Dice Antonio Dominguez Ortiz en su libro sobre los moriscos, que había en el siglo XVI un refrán que decía: "Una huerta es un tesoro si el hortelano es un moro”.
“Historia de los Morisco” de Antonio Domínguez Ortiz y Bernard Vicent.



8.- Expulsión y traslado de los moriscos a tierras del interior de Castilla: 

El 1 de noviembre de 1571 los moriscos fueron reunidos pueblo por pueblo para ser conducidos fuera del Reino de Granada. No solo los que se habían sublevado y fueron sometidos, sino tambien los llamados "moriscos de paz" que no se habían sublevado.

Algunos moriscos consiguieron ocultarse, otros huyeron. 
 
Los de los pueblos de Bentomiz y los de la Axarquía (Almachar, Comares, Olias, Benamocarra, Almayate, Iznate, El Borge, Almogía, Macharaviaya y Benaque), unos 1.386, fueron llevados a Málaga, a un hospital, a donde también trasladaron a  muchos más procedentes de la sierra de Ronda. No solo iban los hombres, sino las familias enteras: mujeres, niños y ancianos. 

Esto se hizo en todo el Reino de Granada, por zonas. En total fueron más de 50.000 los deportados. 

Para que no presentaran demasiados problemas los engañaron diciéndoles que era un traslado provisional debido a la crisis que atravesaba el reino y que ya volverían cuando los ánimos estuvieran mas calmados. 
 
Salieron de Málaga el 8 de Noviembre de 1571 y  fueron conducidos por Arévalo de Zuazo, (corregidor de Málaga en aquellos años) hasta Antequera y desde allí a Córdoba.  

Tuvieron que marchar en condiciones dificilisimas, suscitando en ocasiones la emoción y la piedad de los mismos agentes que los custodiaban. Algunos enfermaron de tifus y murieron por el camino. 

Llegaron a Córdoba el día 13 de noviembre de 1571, 
siendo acomodados provisionalmente en los mesones del Puente y del Potro. 

El aspecto que presentaban  era calamitoso: “todos llegaron hechos pedazos con los niños y los muchachos a questas, descalzos y rotos”. 

Tras dejar a los enfermos con sus respectivas familias, 135 moriscos en total,  agunos reanudaron la marcha con destino a Extremadura. El resto fue vendido en el mercado de esclavos de Córdoba. 
 
Se sabe que los de Iznate fueron llevados concretamente a Guadalcanal. Alli  se los utilizaría como mano de obra barata o esclava en las minas. 

Otros terminaron trabajando en los señorios de las familias cordobesas que habían participado en la conquista, como los Fernández de Córdoba. Otros fueron comprados por el Cabildo Catedralicio de la ciudad de Córdoba para trabajar en sus propiedades. 
 

Bibliografía: "Historia de los moriscos" de Antonio Domínguez Ortiz  Bernard Vicent. Alianza Editorial. 
"Los moriscos en tierras de Córdoba", de Juan Aranda Doncel. Publicaciones del Monte de piedad y Caja de Ahorros de Córdoba.


8. 
Después de la expulsión de los moriscos a tierras del interior de Castilla, Francisco Arevalo de Suazo, que había sido el corregidor de Málaga y Vélez en el tiempo de la rebelión de aquellos, se encargó de presentar una serie de informes a la Corona con la intención de ver la situación en la que habían quedado dichas poblaciones y hacer una nueva repoblación.
A continuación, doy algunos nombres y apellidos de vecinos de Macharaviaya y Benaque que aparecen en el informe de 1574, una vez instalados los nuevos pobladores:
La mayoría de esos pobladores procedían de Santaella (Córdoba). Entre ellos están los primeros pobladores con apellido Gálvez que llegan a Macharaviaya y Benaque:

- Antón de Gálvez, mozo, con mujer y 2 hijos.
- la viuda de un Pedro de Gálvez, con 2 hijos.
- Andrés de Gálvez, con mujer y 3 hijos.
- Alonso de Gálvez el Rubio, con mujer y 4 hijos.
- Anton de Gálvez con mujer y 4 hijos.
- otro Antón de Gálvez, mozo, con mujer.
- Alonso de Gálvez con mujer, 1 esclavo y 1 criado.

Hubo otros pobladores nuevos con otros apellidos, como Pastor, Bermejo, Muñoz Calvo, Ruiz de Arjona, Colorado, Jiménez de Baena, Godoy, Márquez, García de Uclés,  de Lucena, de Luque, Gómez Fernández, Fernández Tamajón, López, Martín Colorado, Delicado, Ruiz, Montes.
Estos vecinos que llegaron en 1574 se unieron a los vecinos antiguos, a los que ya había en Benaque y Macharaviaya desde los primeros tiempos después de la conquista, los que recibieron casas y tierras en el Primer Repartimiento y en el Segundo Repartimiento o Reformación, tanto en Macharaviaya como en Benaque.
Los apellidos de los antiguos eran: Diaz, Fernández, Gutiérrez, García de Maora, Pérez, Fernández Izquierdo, Frutos Herrera, Delgado, Espinosa, Aragonés, González, Vázquez, Gómez, Fernández Talaverano, Martin Broncano, López, Muños, Pérez, Martín, Cordero, De Vallejo, Miguel, Fernández de Córdoba, Tineo, Ruiz.
Sobre la situación de Almayate se dice que en dicho lugar había habido 68 vecinos moriscos y que en ese momento (1574) había 30 vecinos cristianos viejos. También se dice que las casas y haciendas eran del Marques de Mondejar y que "la hacienda que había en ese lugar de moriscos estaba apeada y dada a los pobladores de Benaque y Macharaviaya". *

El contenido del Informe de Arevalo de Suazo y los nombres de cada uno de los nuevos repobladores de Macharaviaya y Benaque y por lo tanto de algunos a los que se les darían suertes en Almayate, figuran en este magnífico libro que recomiendo: 

INFORME DADO POR DON FRANCISCO ARÉVALO DE SUAZO 1574. Sobre el apeo y repoblación de los distintos lugares de la Axarquía y Tierras de Vélez tras la expulsión de los Moriscos de Granada. Asociación de Investigadores de los Archivos de Málaga ( AIAM). Ediciones el Genal.

* Se puede suponer que las tierras de Benajarafe y Chauchillas también fueron repartidas entre los vecinos de Macharaviaya y Benaque. 


9.-  Sobre la antigua Torre Moya



Gran preocupación para los sucesivos Reyes cristianos era, a partir de la conquista del Reino de Granada a los musulmanes, mantener en buen estado las torres y edificaciones defensivas de la costa. Por eso, cada cierto tiempo enviaban visitadores que debían redactar informes.
Sobre Torre Moya estos son los más importantes:
En 1571, Antonio de Berrio y Luis Machuca describen la "Torre Nueva", que también se conoce como "Torre de Moya", a * levante de la Estancia de las Adelfas y a poniente de " Baxa de los Biveros". Tenia 2 guardas de dotación y era de las torres nuevas que había mandado construir el Conde de Tendillas; estaba en buen estado.
1726 estaba en buen estado según informe de Bartolomé Amphoux.
En 1730, Jorge Próspero de Veerboom señaló que se debía construir en la Torre Moya una batería para 4 cañones en sustitución del Castillo del Marqués que se encontraba arruinado.
En 1740 Felipe Cramé apuntó en su imforme que se había proyectado hacer en la Torre un fuerte. Ese fuerte no se edificaría por aquellas fechas.
En la relación de reparaciones necesarias el mismo Felipe Cramé anotó que se debía revestir el frente meridional de la torre desde la mitad de su altura hacia arriba y componer su parapeto, cuyo presupuesto era de 150 reales de vellón.
El Terremoto de 1755 cuarteó la Torre Moya arruinándola.
En la relación sin firma de 1759 se indicó que la Torre de Moya constaba de dos cuerpos, el inferior circular y el superior cuadrado, pero que estaba cuarteada y un lienzo arruinado, por lo que se hacia indispensable construir una torre nueva, situada unas 4 varas retiradas al Norte; el presupuesto eran 35.000 reales de vellón.
En 1762, en la visita realizada por Antonio Maria Bucarrelli, este halló la Torre Moya cuarteada por el terremoto; los torreros estaban instalados en una mala barraca a sus pies. Aconsejó redificarla a 8 varas de donde se encontraba para mayor seguridad de los torreros. El presupuesto eran 8.000 escudos de vellón.
En el estado de las torres realizado en 1763 la Torre Moya tenia 2 torreros y 3 celemines de regadío y 6 fanegas de secano.
En el Reglamento de 1764 figura con 1 cabo y 3 torreros.
En 1765 Esteban Aymerick anotó que dejaba demarcados los puntos del solar donde se construiría la Torre de Moya para 2 cañones de a 24 libras.
Según estado redactado en Málaga, en 1766, por Juan de Urbina, la Torre Moya, presupuestada en 100.000 reales de vellón, se construiría a cargo de Diego Córdoba, teniente de caballería, obteniendo a cambio una compañía de caballería.
Según la relación de 1767 Jaime Coca señaló que en diciembre de 1766 se había concluido la Torre de Moya, siendo aprobada en Febrero de 1767.
Hubo informes posteriores. En uno ellos de 1803 Felipe de Paz decía que estaba a 200 varas del mar y a 35 sobre el mismo.
Tras otros informes, en 1857 José Herrera García la incluyó en un proyecto de estaciones telegráficas establecido por el citado Herrera.
DEL LIBRO "Documentos sobre la defensa de la costa del Reino de Granada. 1497- 1857" de Antonio Gil Albarracín. Edit: Griselda Bonet Girabet. 2004




10.- Después de la expulsión de los moriscos a tierras del interior de Castilla (1570-73)  se hizo una nueva repoblación de Macharaviaya y Benaque( 1574).

Los nuevos pobladores se unieron a los vecinos castellanos antiguos que llegaron tras la conquista de Málaga en 1487.

En Almayate, despues de  expulsar a los moriscos había 30 vecinos cristianos viejos; eran pocos en comparación con los que había antes de la expulsión, pues Almayate había sido la alquería más importante que existió en época nazarí desde Málaga hasta Vélez. Es cierto que a raiz de la conquista de Vélez se despobló varias veces, porque su situación geográfica lo permitía, pero se volvía a poblar una y otra vez de moriscos que acudían de los pueblos del interior, o bien porque era un buen sitio desde donde poder marcharse o bien porque Almayate ofrecía algunas seguridades al ser población de mayoría morisca. Esa seguridad siguió a partir de ser adjudicada como merced al Conde de Tendillas, primer Marqués de Mondejar, Capitan General de la Costa del Reino de Granada, que respetó y protegió a los moriscos hasta que pudo, aunque solo fuera por un interés egoista, pues eran muy buenos agricultores. 

Pero después de la expulsión se necesitaban nuevos pobladores. Las casas y haciendas que habían abandonado los moriscos que se marcharon antes de la expulsión habían pasado a ser propiedad del Marqués, pues así lo decía la Merced que le concedió el rey y firmó oficialmente la reina Juana ( La loca). Ademas lo eran, según decía la merced "para sí y sus herederos por siempre jamás". Pero había que ocupar la zona, cultivar la tierra y  "contribuir" a su defensa, así que se repartieron casas y hacienda entre los pobladores de Benaque y Macharaviaya, que tenían que pagar por ellas un censo al Marqués. Lo mismo pasó con las tierras de Benajarafe y Chauchillas que habían pertenecido a los moriscos huídos. Esto último es lo que se deduce de que dos siglos después el Marqués las reclamara como suyas, incluidas en el Mayorazgo de Almayate (Ver Documento de Apeo de Almayate y su campo de 1749, transcrito en este blog).

De modo que a una familia que hubiera venido, por ejemplo, desde Santaella (Córdoba) a Macharaviaya o Benaque, a cuyo cabeza de familia se le hubieran adjudicado 2 casas y varias suertes de tierra de distintas calidades y para diferentes tipos de cultivos, diseminadas por  diferentes pagos o poblaciones,  podía muy bien vivir en Macharaviaya o Benaque, pero tener casilla de campo en la ladera de una loma, donde tuviera la suerte de olivos o la de viña, o al lado de un arroyo, donde tuviera la de huerta.

Puede que al principio, esa segunda casilla solo le sirviera para guardar los frutos recogidos del campo y los aperos de labranza, pero luego quizas la adecentara y la convirtiera en un hogar habitable, añadiéndole alguna corraleta para criar cochinos o alguna cerca de tapias para guardar cabras.

A medida que se fue pacificando la costa, poco a poco las familias se fueron desplazando de un lugar a otro, constuyendo nuevas casas de teja en aquellas suertes de su propiedad con mejores cualidades para el cultivo y a medida que sus miembros iban formando nuevas familias se irían añadiendo "casas habitación" * adosadas a la primeras o junto a ellas. Así nacerían las cortijadas,  a las que todo el mundo identificaría por el apellido de la familia que se había asentado en aquel lugar; así nacieron los nombres de las mayoría de las Cortijadas de toda la zona. Cuando los hijos o los nietos de los primeros se casaban y hacían una casa en otra suerte,  años después se acababa formando otra cortijada, a veces con el mismo nombre o apodo que los de sus ascendientes, como por ejemplo pasó con "Los Postigo".
No hay nada más que dar un repaso a los nombres de las cortijadas de Benajarafe y alrededores para darse cuenta de que las mayoría son apellidos o motes: Los Puertas, Los Burgos, Los Postigo, Los Ruises, Los Madriles, Los Pérez, Los Patasecas, Los Patarras, Los Neses,  etc...
Sería interesante saber sus orígenes, desde qué año existen y cual fue la primera familia que se instaló en cada una de ellas. También están los lagares (El Lagar de los Clemente, El Lagar de los Ramirez), y los cortijos. Todo muy interesante para quién le guste descubrir la Historia de un pequeño pueblo con historia.


Indicadores de Benajarafe en la actualidad; al fondo, Las Galeras


Lagar de los Ramírez actualmente. En la década de los 60 del siglo
pasado había una tienda de comestibles donde se despachaba a granel. Quién de aquella época no recuerda a Clotilde López López tras aquel mostrador de madera



* Casa habitación: expresión frecuente en las partidas de nacimiento antiguas de la zona. Se dice "la niña nació en la casa habitación de sus padres".
10.- El Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar es una magna obra publicada por Pascual Madoz entre 1845 y 1850. En él aparece Benajarafe: " Partido de Campo-poblado en la provincia y diócesis de Málaga (3 1/2 log.), Partido Judicial. adm. de rentas de de V,elez- Málaga (1 1/2), Audiencia territorial y Capitanía General de Granada (15): srr. En la parte occidental del partido expuesto a la influencia de todos los vientos, que hacen su CLIMA sano y templado, no conociéndose otras enfermedades que las fiebres intermitentes y tabardillos. Se compone de 155 CASAS diseminadas por el término: sobresalen algunas por sus buenas comodidades, huertos y árboles frutales que las rodean entre las que figuran como más notables los Cortijos de Cabrera, y el de la Culebra, pero en lo general son de regular distribución interior y a propósito para la agricultura: casi todas tienen su pozo ó noria, cuyas cristalinas aguas sirven para los usos domésticos; hay una ermita bajo el título de Ntra. Sra. del Rosario aneja de Macharaviaya: está situada en la margen derecha del arroyo dicho de las Adelfas en una esplanada que mira al Sur; empezó a edificarse a principios de este siglo conservándose en buen estado: consta de una sola nave con 45 pies de largó, 18 de lat. y 30 de altura : fue costeada por el vecindario , el cual paga 16 rs. al capellán que dice la misa todos los días de fiesta. El TÉRMINO Confina por Norte con la cordillera de las Galeras; por Este con el arroyo de Iberos; por el Sur con el Mediterráneo, y por el Oeste con Chilches. Se conservan todavía en él algunos vestigios de una población del tiempo de los moros, conocida con el nombre de Benaxaraf. El TERRENO es montuoso de pizarra y parte de miga a propósito para tierra de labor y plantío de viñedo: se riega con las norias de que hemos hablado, y en el invierno también lo hace el arroyo de las Adelfas, que atravesando el partido de N. a S., va a depositar sus aguas en el Mediterráneo. Los CAMINOS que conducen a los pueblos circunvecinos, son de herradura y se hallan en muy mal estado: el que se dirige a Málaga y Vélez Málaga es de ruedas. La CORRESPONDENCIA se recibe de la administración de este último punto. PRODUCCIÓN: Ricas pasas, higos, aceite, granadas, limones, naranjas, trigo, cebada, garrobas y toda clase de hortaliza, cuyos productos sobrantes se llevan a Vélez y a la capital de la provincia. PORE. 177 vecinos. 885 almas. CONTR. Con Vélez-Malaga. (V.). "



17/5/21

Merced de los bienes de Almayate al Conde de Tendillas el 28 de Octubre de 1508. Sevilla


Doña Juana, por la graçia de Dios, etc. Por quanto puede aver diez e ocho meses poco mas o menos que los vezinos e moradores nuevamente convertidos a nuestra sancta fe católica que bivian en el lugar de Almayater, tierra y juridiçion de Belez Málaga, se pasaron allende, por lo quai pertenesçen a mi las casas y heredades y bienes que los dichos nuevamente convertidos dexaron en el dicho lugar y puedo hazer merçed dello a quien mi merçed y voluntad fuere. Por ende, por hazer bien e merçed a vos don Iñigo Lopez de Mendoça, conde de Tendilla, mi capitan general del reyno de Granada e alcayde del Alhanbra e fortalezas de la çibdad de Granada, acatando los muchos y buenos y leales y continuos y señalados serviçios que me aveis hecho y hazeis cada dia, por la presente vos hago merçed y graçia donaçion pura y perfecta y no revocable, que es dicha entre vivos, para agora y para siempre jamas de todas las dichas casas y bienes y heredades que los dichos nuevamente convertidos que se pasaron a la dicha allende dexaron en el dicho lugar de Almayater. Para que sean vuestros y de vuestros herederos y subçesores y de aquel o aquellos que de vos o dellos ovieren titulo, cabsa o razón y para que los podades y puedan vender, dar, donar, tomar y canbiar y enajenar y hazer dellos y en ellos lo que quisieredes y por bien tovieredes como de cosa vuestra propia, libre y quita y desenbargada, avida por justo y derecho titulo. Y mando al mi corregidor de la icha çibdad de Belez Malaga o a su lugarteniente o alcaide en el dicho ofiçio o a otras qualesquier justiçias della que luego vos pongan en la posesion de las dichas casas, bienes y heredades que los dichos nuevamente convertidos que se pasaron a la dicha allende dexaron en el dicho lugar de Almayater y vos anparen y defiendan en ella, y no consientan que della seais despojado, agora ni en algund tienpo, ni por alguna manera sin ser primeramente sobrello oido y vençido por fuero y por derecho ante quien y como devais. Y los unos y los otros non fagades nin fagan ende al por alguna manera so pena de la mi merçed y de diez mill maravedís para la mi Camara a cada uno que lo contrario hiziere. Dada en la çibdad de Sevilla a XXVIIIo dias del mes de otubre, año del nasçimiento de Nuestro Señor Ihesu Christo de mill y quinientos y ocho años. Yo el Rey. Yo Miguel Perez de Almaçan, secretario de la Reyna nuestra señora, la fize escrevir por mandado del Rey, su padre. Y en las espaldas estava una señal que dezia, acordada. Licenciatus Çapata. Licenciatus Ximenez (Rubricada).

Archivo General de Simancas. Registro del Sello, 26-10-1508. Reproducida por Emilio Meneses en la  Correspondencia del Conde de Tendilla, Madrid, 1973.

*El Conde de Tendillas,  Iñigo López de Mendoza, futuro Marqués de Mondejar que lo fue a partir de 1512, fue Capitán General del Reino de Granada y Alcayde de la Alhambra y fortalezas de la Ciudad de Granada.

Almayate y su campo. Año 1749. I.- Documento


Fuente: Apeo, deslinde y amojonamiento de las tierras del Mayorazgo de

Almayate* que se hizo a solicitud del Marqués de Mondejar. Año 1749
Escribano: D. Pedro del Álamo
Archivo Municipal de Melilla
Trabajo elaborado por Obdulia Ramírez García (Ulla Ramírez) en 2020. 


* Incluía tierras de Benajarafe y Chauchilla



Castillo del Marqués. Biblioteca Virtual de la Provincia de Málaga


Antecedentes Históricos

Cuando los Reyes Católicos conquistaron Vélez-Málaga y con ella toda la zona oriental de la provincia de Málaga, Almayate era un lugar importante, cabeza de un distrito situado entre la Axarquía malagueña, la tierra de Comares, el rio Vélez y el mar. El 11 de mayo de 1487, dos semanas después de que Vélez-Málaga capitulara, el rey Fernando concedió a los pobladores de Almayate un seguro real, por el que excepcionalmente se les permitía quedarse a vivir en sus casas y conservar todas sus propiedades de por vida, aunque no podrían transmitir a sus descendencia ni los bienes ni las garantías recibidas, que a su muerte pasaban a ser propiedad del Rey. Posteriormente, en febrero de 1497 la corona renunció a ello y amplió el seguro a todos los descendientes a cambio de que los vecinos mudéjares contribuyeran a costear la defensa costera y construyeran una nueva torre vigía en el Peñón de Almayate, la torre Nueva de Almayate, llamada torre de Moya desde mediados del siglo XVI”1

"Almayate era la alquería costera más importante que había desde Vélez a Málaga. Su núcleo de población estaba en torno a lo que hoy se conoce como Almayate alto y tenía una fortaleza y una ermita".2

    
                            
                         Ermita Alta de Almayate. Agosto de 2019. 

A partir de los bautizos forzosos, empezaron las despoblaciones de algunas alquerías. Almayate sufrió dos importantes: una en las vísperas del día de Santa Lucía de 1506 y otra en 1507; sus cristianos nuevos se pasaron allende la mar y se marcharon a Berbería. Fue tras esta segunda fecha cuando el Capitán General del Reino de Granada, Don Iñigo López de Mendoza y Quiñones (1440- 1515), segundo conde de Tendillas, aprovechó la coyuntura para solicitar las tierras abandonadas y, el 28 de octubre de 1508, recibió la Merced de Almayate por parte del Rey Fernando por medio de una Real Cédula firmada por la Reina Doña Juana.
Don Íñigo López de Mendoza obtuvo el permiso del Rey para poblar Almayate con unos 60 moriscos, pero además, por medio de sus administradores entregó tierras a nuevos pobladores castellanos. Estos usufructuaban las tierras a cambio de un Censo que pagaban a Don Íñigo, II Conde de Tendillas y I Marqués de Mondejar a partir de 1512.
Dos siglos después, en 1706-1707 se acudió a la Justicia de Vélez y se solicitó que se notificara a las personas que pagaban Censos perpetuos que presentaran sus escrituras. Pero el proceso no se llevó a cabo en su totalidad por omisión de responsabilidad de alguna las personas encargadas del mismo.
En 1749, la VII Marquesa de Castrofuerte, Doña Catalina Pacheco3, abuela materna de D. Nicolás Mª Íñigo López de Mendoza, XII Marqués de Mondejar, VI de Palacios y XIV conde de Tendillas, presentó en su nombre, como su tutora y curadora, una solicitud a la Corona para que se hiciera el Apeo, deslinde y amojonamiento de las tierras del mayorazgo de Almayate, lo que finalmente se llevó a cabo en la primavera y verano de dicho año. Todo ello fue recogido y debidamente diligenciado por el Escribano D. Pedro del Álamo en una serie de documentos que se custodian en el Archivo Municipal de Melilla.

__________

1. El seguro Real de Almayate, de  1487/1497, de  J. Suberbiola Martínez. Baetica 13, Málaga, Universidad de Málaga, 1991; se encuentra en  Dialnet.

2Las fortificaciones de Almayate, de D. Francisco Capilla Luque, Doctor en Historia,  publicado en Sociedad, Boletín de la Sociedad de amigos de la Cultura de Vélez  Málaga 2013, 12. Se encuentra en Dialnet.

3. Genealogía de los Marqueses de Mondejar. Hidalguía: revista de Genealogía, nobleza y Armas. Año IV. Marzo abril 1950. Nº 15. Madrid.





Documento


I.-  Apeo, deslinde y amojonamiento de Almayate y su campo a solicitud del Marqués de Mondejar. Año 1749.

1º.-Solicitud, justificación, pruebas, resolución y Auto (resumen):

En 1749, el XIV Conde de Tendilla y XII Marqués de Mondejar, D. Nicolás Mª Íñigo López de Mendoza, presenta ante la corona un escrito ‒ en su representación lo hace, en realidad, su abuela materna, tutora y cuidadora, Catalina Pacheco Ponce de León y Chacón, VII Marquesa de Castrofuerte ‒ por el que solicita que se haga Apeo de las tierras del antiguo Mayorazgo de Almayate, concedido por la reina Juana, hija de los Reyes Católicos, en 1508, a su ascendiente Don Iñigo López de Mendoza, II conde de Tendillas.
Los motivos de la solicitud del Apeo son que “pasado el tiempo, muchos no pagaban los censos a los que las tierras estaban sujetas, ni tampoco habían cuidado de ellas como debían o habían cambiado de poseedor, porque los antiguos las habían enajenado o dividido o cambiado los límites, que las tierras habían cambiado de cabida, que por algunos sitios se habían extendido y por otros deformado”; también que “algunas antiguas escrituras se habían oscurecido y que algunos de sus poseedores intentaban negar su identidad y que con todo ello se había causado un gran daño a dicho Mayorazgo”.
Para demostrar lo justo de su solicitud y reclamación se aporta toda la documentación que la sustenta, entre ellas la Merced de Almayate, concedida por el “Rey Católico” mediante Real Cédula concedida en Sevilla el 28 octubre de 1508, firmada por la Reina Doña Juana.
Dicha Merced decía entre otras cosas “hace ya diez y ocho meses que se fueron los nuevamente convertidos a allende”. Se refería a los cristianos nuevos que se habían marchado en la despoblación de Almayate que tuvo lugar en 1507. No hacía referencia a los que se habían marchado en 1506.
Más adelante, aparece en el documento lo que parece ser la ampliación de esa primera Merced, mediante otra Real Cédula, que se refiere a los bienes de los que se marcharon en 1506:
“Por la presente vos hago merced, gracia y donación pura y perfecta y no revocable para ahora e para siempre jamás de todas las casas, bienes y heredades de los nuevamente convertidos que vivían en dicho lugar de Almayate que se pasaron allende desde el día de la víspera de Santa Lucía para que sean de vos y de vuestros herederos e sucesores”.
También se hace demostración del documento de las pesquisas que se hicieron tras la marcha de los moriscos de Almayate para averiguar cuáles eran las casas y las tierras que habían abandonado.
Igualmente se hace referencia a los trámites que se hicieron en 1706 por parte del abuelo de D. Nicolás Mª Iñigo y a la existencia de dos piezas de Autos que entonces se produjeron, de los que se hace demostración:
“En el año pasado de setecientos y seis, por parte del Excmo. señor Marqués de Mondejar, abuelo de la suya, se había acudido ante esta Justicia y hecho plena justificación de todos los límites y linderos de dicho lugar en que se hallaban las Haciendas de dicho mayorazgo y en su virtud se había dado la posesión y amparo de todas las posesiones comprendidas bajo de los límites que se habían señalado y pedido así mismo se notificara a las personas que pagaban Censos perpetuos por diferentes Haciendas que poseían, presentaran las escrituras. Se practicó la diligencia con diferentes personas y por omisión de los poderistas se dejó de continuar a los demás… Todo se ajustaba a dos piezas de Autos de las que asimismo se hizo demostración…”
Una vez comprobados todos los documentos antiguos que se presentan a tal pedimento de 1749, la Corona y el Consejo de Castilla resuelven en Real Provisión y dan Poderes a Dña. Catalina Pacheco Ponce de León y Chacón, VII Marquesa de Castrofuerte, para que como curadora de su nieto, D. Nicolás Mª Íñigo López de Mendoza, nombre apoderado ante la Justicia de Vélez. Dicho apoderado fue Don Agustín Ferreras.
Dicha Real Provisión resolvía en estos términos según anota el escribano:
“Y que por SM y dichos Señores (Real Consejo de Castilla) se había mandado Despacho de Real Provisión para esta Justicia para que, siendo requerido con ella y con citación de las partes interesadas, hiciera Apeo y deslinde de las tierras que en el término y jurisdicción de esta Ciudad pertenecían a dicho S. Excmo., con cuya Real Provisión fui requerido y demandado, me pidió la mandase guardar y cumplir y que reintegrase las tierras que se habían usurpado, y de las casas y heredades que se habían dado a Censo perpetuo y fraudulentamente se habían enajenado y dividido sin pagar las debidas Décimas….”
El día 21 de marzo de 1749, Don Pedro Agustín de Ferreras, vecino de la ciudad de Granada, en nombre de la Excma. Señora Doña Catalina Pacheco, Marquesa de Castrofuerte, presenta el pedimento ante el Juzgado y el escribano Don Pedro del Alamo. Y este último deja constancia de:
" Como, el día veintiuno de marzo que pasó de este presente año, por Don Pedro Agustín de Ferreras, vecino de la ciudad de Granada, en nombre de la Excma. Señora Doña Catalina Pacheco Ponce de León y Chacón, Marquesa de Castrofuerte, como tutora y curadora de la persona y bienes del Excmo. Señor D. Nicolás María Iñigo López de Mendoza, Marques de Mondejar y Palacios, conde de Tendillas, su nieto, residente en la villa y corte de Madrid, se dio en mi juzgado y por ante el infrascrito escribano un pedimiento”
“Y concluyó pidiéndome que, habiéndome por requerido por dicha Real Provisión y por reproducidos dichos Autos en su vista, fuera servido de mandar que por Peritos que se nombrasen, que desde luego estaba pronto a hacerlo por su parte, y teniéndose presente dichas dos piezas reproducidas con citación de los interesados y con citación de los confinantes, hiciera Apeo y deslinde de todas las tierras, casas y heredades que pertenecían a dicho Mayorazgo con distinción y separación de las que poseían en propiedad y de las dadas a Censo y que al mismo tiempo, mandara se citase a los interesados y confinantes, que dentro de un breve termino se juntasen y diesen poder a un Procurador y nombraran por sí uno o dos Peritos para que juntos con los que nombrara se hiciera dicho Apeo, con apercibimiento que no nombrándolos los nombrase de oficio y entre otras cosas que pidió concluyó pidiendo Justicia”.
Finalmente, el mismo día 21 de marzo, se da un Auto y se manda ejecutar. 
En las primeras páginas del documento es difícil leer dicho Auto, pero el escribano Don Pedro del Álamo hace alusión a su contenido con posterioridad cuando anota una Requisitoria enviada a la Justicia de Málaga:
“Y en vista de todo, por Auto de dicho día obedecí dicha Real Provisión y mandé se guardaran y cumplieran en todo y por todo como en ella se contenía y en su observancia se hiciera Apeo, deslinde y amojonamiento de todas las tierras y heredades que en el termino y Jurisdicción de esta ciudad pertenecían a dicho Señor Excmo. para los que se tuvieran presentes todos los Autos y demás instrumentos reproducidos y se citasen a todos los que hubiesen detentado o poseyesen las dichas casas, tierras y heredamientos y a los confinantes de ellos,  para que en el término de seis días, contados desde el de la notificación, compareciesen por si o sus Apoderados a presentar sus títulos, a alegar de su derecho y a nombrar peritos para dicho Apeo con apercibimiento que pasado dicho termino no habiéndolo hecho, sin le más citar ni llamar, nombraría de oficio Peritos por su parte y con ellos y con los que se nombraran por la de dicho Señor Marqués y con los instrumentos presentados por este, haría dicho Apeo, deslinde y amojonamiento y les pasaría el mismo perjuicio que si lo practicara con su asistencia e intervención y que por si hubiera algunos poseedores, detentadores o confinantes que se ignorase quiénes fuesen y sus paraderos, se fijasen Edictos en las partes públicas y acostumbradas de esta ciudad, citándoles y llamándoles en el mismo término y percebimiento y si hubiera algunos fuera de esta jurisdicción se les hiciera saber por medio de Requisitorias que se librasen con el mismo término y apercibimiento”.


2- Listado de citaciones:

En la ciudad de Vélez, en veinte y un días del mes de marzo de 1749, yo el escribano, cité a:
1.- Doña Inés de Chaves, viuda del Coronel D. Rodrigo Cantos, vecino de esta ciudad, en su persona, como poseedoras de tierras en el pago de Almayate de lo que queda entendida. Doy fe, Álamo.
2.- Don Pedro Moreo y Martín, vecino de esta ciudad como poseedor de tierras en el partido de Almayate.
3.- Miguel Medina, como poseedor de parte de tierra del campo del Almayate, en persona, de lo que quedó entendido.
4.- Patricio de Vargas, vecino de Vélez, como poseedor de tierra en el partido del Almayate.
5.- Bartolomé de Campos, vecino de Vélez, como poseedor de tierra en el partido del Amayate.
6.- Leonor de Montenegro, vecina de Vélez, en su persona.
7.- Sebastián de Bourman, poseedor de unas tierras en Almayate, en su persona.
8.- Juan Herrera Galacho, como poseedor de tierras y viñas en Almayate.
9.- Antonio Herrera, hijo del anterior. En Almayate.
10.- Ana Herrea, hija de Juan Galacho, hice saber el auto antecedente como poseedora de tierra en Almayate. En su persona.
11.- Juan Mercado, vecino de Vélez, como poseedor de un cortijo en el campo de Almayate.
12.- Francisca Martín, con tierras en Almayate.
13.- Alonso Carrión de Cáceres, Beneficiado de la iglesia Parroquial de San Juan Bautista de Vélez, en posesión de parte de tierra del partido de Almayate, en su persona estando en las cosas de su morada.
14.- Manuel de Gámez. Con tierras en Almayate.
15.- Alonso de Torres. De Vélez. Con tierras en Almayate.
16.- Bartolomé Fernández, de Vélez. Con tierras en Almayate.
17.- Juan Salido. De Vélez. Como poseedor de tierras en Amayate.
18.- Francisco Caro, de Vélez. Como poseedor de tierras en Amayate.
19.- Antonio Cuevas, de Vélez. Como poseedor de tierras en Amayate.
20.- Antonio Balbuena, poseedor de tierras en el partido de Almayate.
21.- Fernando Cuevas. Con tierras en Almayate.
22.- Blas Gómez. Con tierras en Almayate.
23.- Juan de Alcova. vecino de esta ciudad como poseedor de tierras en Amayate
24.- Cristóbal Zapata. De Vélez. Parte de tierra en el partido de Almayate.
25.- Pedro Alés Marquez. De Vélez. Parte de tierra en el partido de Almayate.
26.- Francisco Romero. De Vélez. Parte de unas viñas en el partido de Almayate.
27.- Francisco Díaz de las Cuevas. Vecino de Vélez. Viñas en Almayate.
28.- Francisco Medina. Vélez. Tierras en Almayate.
29.- Dña. Catalina y Dña. Clara Riveros, hermanas y vecinas de Vélez. Viñas en Almayate estando juntas en las casa de su morada, en su persona.
30.- Roque Jarano, vecino de Vélez. Tierras en Amayate.
31.- Francisco Bergara. Tierras en Almayate.
32.- Francisco Muñoz de Requena. Tierras en Almayate.
33.- Isabel Peñuela, viuda de D. Bartolomé de la Cruz vecino de Vélez. Vecina de Vélez, como poseedora de viñas y tierras en el partido de Almayate, estando en la casa de su morada. En persona.
34.- Josefa de la Torre, viñas en Almayate.
35.- Dña. Francisca de Ales, parte de tierra en Almayate.
36.- Jacinto Salamanca, tierras en Almayate.
37.- Dña. Francisca Leal, tierras en Almayate.
38.- Juan Padilla, viñas en Almayate.
39.- Isabel de la Cruz, viñas en Almayate.
40.- Manuel Ortega, viñas y tierra en Almayate.
41.- Magdalena Díaz mujer de Manuel Rengifo, vecino de Vélez.
42.-  Juan de Dios Santa María como marido de Doña Juana Zapata.
43.- Marcelo, Francisco, Nicolás, Dña. Nicolasa Zapata, hermanos, herederos de Juan Zapata, vecinos de Vélez, como poseedores de unas viñas en el partido de Almayate. En su persona, estando juntos.
44.- Alonso Vergara.
45.- Diego Díaz.
46.- José García Granados.
47.- Juan Acosta.
48.- Diego Sánchez Postigo.
49.- Juan Díaz, vecino de Vélez. Cité el veintisiete de marzo de dicho año, como poseedor de un cortijo en el pago de Almayate.
50.- Antonio Martín.
51.- Dña. Juana Martín.
52.- Dña. Josefa Martín.
53 - María Martín.
54.- Francisco Martín.
54.- Francisca Gómez.
55.- Josefa Marín.
56.-Tomás Díaz de las Cuevas el mayor.
57.- José Díaz.
58.- Dña. María Díaz.
59.- Isabel Díaz.
60.- Juan Palacios.
61.- Pedro de Ales Robles.
62.- Felix de Espinar.
63.- Antonio Vara.
64.- Juan Castellano, “Vecino de Málaga, residente al presente en esta”.
65.- Pedro Alés Hermosilla.
66.- Juan Morales.
67.- Juan de Alés Hermosilla.
68.- Mateo de Morales.
69.- Juan Rengifo.
70.- Francisco Gómez o Gámez.
71.- Mateo de Alés.
72.- Doña María Raymundo, viuda y vecina de esta ciudad como poseedora de tierra en Almayate.
73.- Don Diego de las Cuevas.
74.- José Ramírez, vecino de Vélez, como poseedor de tierras en el partido de Almayate.
75.- Alonso Pérez de la Parra, vecino de la Torre de la Mar.
76.- José López, vecino de esta ciudad, como poseedor de tierra en Almayate.
77.- Manuel de Navas, poseedor de tierras y viñas.
78.- Pedro de Burgos, tierras y viñas.
79.- Miguel de Alés.
80.- Andrés Salido, el menor.
81.- Luis Maldonado.
82.- Juan Rando.
83.- Felix Bueno, vecino de la Torre de la Mar (Phelis)
84.- Juan Chicano. Vecino de Vélez.
85.- Melchor de Morales y Rivera.
86.- José de Mata, vecina de Vélez. (Joseph)
87.- Francisco Bermúdez.
88.- Manuela Díaz.
89.- Tomás Díaz de las Cuevas el menor (Thomás)
90.- Juan Sánchez, el Gallego.
91.- José Jarano.
92.- Francisco Jarano.
93.- Francisco Marín.
94.- Francisco de Burgos.
95.- Francisco Aragonés, de Vélez.
97.- Lorenzo Jiménez.
97.- Pedro Marín, vecino de esta ciudad, como heredero y poseedor de un cortijo de Dña. María Marín, su madre, en Almayate. En su persona y quedó entendido.
98.- Francisco Marín, de Vélez.
99.- Manuel Romero, de Vélez.
100.- Diego de Gálvez heredero de José Delicado, como vecino de Vélez y poseedor de un cortijo en el partido de Almayate. En su persona.
101.- Andrés de Roa. Vecino de Vélez.
102.- Antonio Vela, tierras y viñas.
103.- Alonso Domínguez, vecino de Vélez.
104.- Esteban Postigo, morador en el campo Arroyo de Íberos, como poseedor de parte de tierras en el pago de Almayate.
105.- Miguel Postigo, vecino de esta ciudad, y morador en el Arroyo de Íberos, como poseedor de una tierras en Almayate, en su persona y quedó entendido.
106.- D. Fernando Postigo, morador de Arroyo de Iberos y poseedor de tierras en el partido de Almayate.
107.- Dña. Gabriela Postigo, moradora de Arroyo de Iberos y poseedora de parte de tierras en el partido de Almayate.
108.- Pedro Postigo, morador de Arroyo de Iberos y poseedor en parte de tierras en el partido de Almayate.
109.- Joseph Postigo, morador de Arroyo de Iberos y poseedor de tierras en el partido de Almayate.
110.- Diego Postigo, morador del Arroyo de Iberos, como poseedor de tierras en Almayate.
111.- Mariana Postigo, como poseedora de parte de tierras en Almayate.
112.- Dña. Agueda Postigo, moradora de Arroyo de Iberos, como poseedora de parte de tierras en Almayate.
113.- Gerónimo Marfil.
114.- Diego Martín.
115.- Juan Tovar, de Benaque.
116.- Francisco de Rueda de Benaque.
117.- Beatriz Gutiérrez 1 
118.- Gaspar de Morales, vecino de Vélez.
119.- Balthasar López, vecinos de Vélez.
120.- José González, vecino de la Villa de Benaque.
121.- Juan Ramírez Tello, Beneficiado de la Iglesia Parroquial de Sta. María de Vélez
122.- D. Juan Antonio de Goyeneche 
2  como poseedor de una tierra en el campo de Almayate.
123.- Juan Postigo, vecino de la Villa de Benaque y residente en Vélez.
124.- Leonor Vargas, de Vélez.
125.- Gaspar Narváez, de Vélez.
126.- Isabel Vara, de Vélez.
127.- Cristóbal de España.
128.- Juan del Álamo, Apoderado y Administrador del Convento de Santa Clara de Vélez y poseedor de un Cortijo junto al Arroyo de las Adelfas 
3   , confinante con tierras del Excmo. Señor Marqués de Mondejar en el partido de Almayate. Se le comunicó en persona de los que quedó entendido. Doy Fe. Pedro del Álamo.
129.- Fernando Cabrera, Presbítero, propietario de un cortijo confinante con las tierras del Marqués de Mondejar.
130.- Alonso de Carrión y Cáceres, Beneficiado de la Iglesia del Señor San Juan de Vélez, propietario de un cortijo, viñas y tierras en Arroyo de Iberos confinantes con las del Marqués.
131.- Bernarda Riveros, vecina de Vélez, propietaria de unas viñas en el cerro Minero.
132.- Diego Díaz de la Cueva.
133.- Francisco Trigueros, Vecino de Vélez con tierras y viñas en la diezmería de Cajiz
134.- Pedro Maldonado, viña en la Dehesa Baja.
135.- Pedro Salido, vecino de Vélez.
136.- D. Andrés de Roa, vecino de Vélez.
137.- Simón Soiglesia, vecino de Vélez.
138.- Pedro Morco o Moreo, vecino de Vélez, como poseedor de unas tierras y viñas en La Cañada del Capitán confinantes con las tierras del señor marqués.
139.- Juan Mercado, vecino de Vélez, con tierras junto a la Dehesa Baja.
140.- Roque Jarano.
141.- Antonio de Palma en Cañada del Capitán. Se le cita el 26 de abril.
142.- Juan Cruhalan( o Catalán) en el Arroyo de las Coscojas.
143.- Gertrudis Sánchez, vecina de Vélez, viuda de Juan Robles, poseedores de una viña en el partido de Cajiz confinante con tierras del marqués de Mondejar
144.- A Javier (Xavier) de Robles, vecino de Vélez, poseedor de unas tierras ¿con viñas? en el partido de Cajiz confinantes con las del Marqués de Mondejar.
145.- José Jaranovecino de Vélez colindante con la Hacienda del Marqués.
146.- Francisco Salido, Vecino de Vélez, que tiene viñas o tierras en la Cañada del Capitán.
147.- Francisco de Vivar y Tolosa, vecino de Vélez y Regidor Perpetuo de esta Ciudad y Procurador General de ella, que posee lo que mira a la Dehesa Baja, confinante y lindero con diferentes tierras
148.- Blas Gómez, que tiene tierras por la parte de las playas confinantes con las tierras del Marqués.

Requisitoria:
Y estando informados de que son poseedores de parte de tierra de dicho mayorazgo diferentes personas vecinos de las villas de Macharaviaya, Benaque, El Borge, y para que tenga efecto lo por mi mandado el citado Auto de veintiuno de marzo, he tenido a bien librar la presente para Vs. y demás señores jueces de esa dicha Ciudad, a quienes de parte de su Majestad exhorto y requiero y de la mía Suplico que, siendo presentada esta mi Requisitoria por cualquier persona a quien se haya o tenga por parte legítima sin le pedir Poder ni otro recado alguno, la manden guardar y cumplir y en su consecuencia dignarse mandar, se citen y hagan saber el citado Auto de veintiuno de marzo de este año a Balthasar Phelipe de Velasco, Doña María de España, Joseph Fernández, Alejandro Cabrera y Francisco Antonio Coronado, vecinos de la villa de Macharaviaya; a Joseph González, Juan Postigo de Guzmán y a Joseph de Arias, vecinos de Benaque; a Joseph Gutiérrez, Mathias del Pino, Cristóbal de Gámez y a Antonio de Gámez, vecinos de la Villa de Almachar y a Joseph Criado de la del Borge, a todos como poseedores de tierras de dicho Marqués de Mondejar, cuyas citaciones se hagan en su persona, pudiendo ser habido?, y en su defecto se les deje Cédula que contenga su efecto y que se entreguen a sus mujeres, hijos, criados o vecinos más cercanos para que les conste y para el perjuicio que haya lugar y que hecho se le entregue a la parte que la presentase original con las diligencias a su continuación para colocarlas en los Autos que tengo formados en esta razón que en mandarlo así hacer Ve. y demás Señores, Justicias, administraran la que corresponde y yo al tanto practicaré siempre que las de Ve. Fechado en Vélez a veintidós días del mes de Abril de mil setecientos cuarenta y nueve años. Doctor Don Gonzalo de Rioja y Valladares. Por mandato de su Señoría. Pedro del Álamo.
Cumplimiento/ En la ciudad de Málaga en veintiséis días del mes de Abril de mil setecientos cuarenta y nueve, antes el Señor Don Juan Miguel ¿Díaz o Diez?, abogado de los Reales Consejos y Alcalde mayor de ella, por Don Carlos Guirao, vecino que expresó ser de la ciudad de Vélez, se presentó la Requisitoria antes escrita y se pidió su complimiento Justº y testimonio.

Auto. Y por su ¿mrd? visto, mando, que sin perjuicio de la Real Ordinaria Jurisdicción que su ¿mrd? ejerce, se guarde, cumpla, ejecute como por ella se exhorta y en su cumplimiento los escribanos de las villas que en ellas se mencionan practiquen las citaciones que ellas se previene y lo firmo Don Juan Miguel ¿Díaz o Díez?, Marcos de Estrada.

Diligencia/ Doy fe que por Don Carlos Guirao, vecino de la ciudad de Vélez,  quién presentó esta Requisitoria la ¿ha? puesto en mi poder para su cumplimiento el día veinticuatro del presente mes, la que hasta el día de la fecha no se ha cumplimentado a causa de hallarse el Señor Alcalde Mayor de esta ciudad ocupado en diferentes diligencias del Real Servicio, y para que conste lo pongo por diligencia en Málaga en veintiséis de abril, siendo como a las cinco de la tarde, de mil setecientos cuarenta y nueve años. Marco de Estrada.

149.- Juan Postigo de Guzmán, vecino de esta Villa de Benaque, poseedor que es de parte de tierras en el partido de Almayate perteneciente al mayorazgo del Excmo. Sr Marqués de Mondejar. Se le entregó a Doña Antonia de Gálvez su mujer.
150.- Joseph González, de Benaque.
151.- José de Arias y consorte.  Yo el escribano notifiqué el contenido de la Requisitoria antecedente a Doña Ana Postigo, de Benaque, viuda de José Arias, a Dña. Ana Peña, viuda de Francisco de Rueda de Mathias, Doña María, Alejandro, Salvador y Dña Juana de Arias, todos hijos, nietos y herederos de Don Antonio de Arias como poseedores de un Cortijo y tierras en el pago de Almayate pertenecientes al mayorazgo del Excmo. Señor Marqués de Mondejar cuya notificación y requerimiento hice en las personas de todos los referidos. Doy Fe Francisco Antonio Coronado, escribano público".
152.- José Fernández, de Macharaviaya
153.- Requerimiento y Notificación a Francisco Antonio Coronado. ( él a sí mismo)
154.- Balthasar Ramírez 
4 , vecino de Benaque con tierras en Benajarafe.
155.- Doña María de Escaño. No se encontró en el vecindario ninguna mujer con dicho nombre que posea tierras de dicho mayorazgo.
156.- Alejandro Cabrera, vecino de Málaga, residente en Macharaviaya.
157.- José Gutiérrez, se le dio a Doña Antonia Nuñez.
159.- Cristóbal de Gámez. Ausente. Se le entregó a su persona conjunta Margarita de España.
160.- Martín del Pino. Se le entregó a su mujer Dña. Leonor López.
161.- Antonio Gámez. Ausente. Se le entregó a Doña María Gámez, su hija.
163.- José Criado, el Borge

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1. Nombre propio no legible, deducido por el contenido de la mensura

2. Don Juan Antonio de Goyeneche y Martiarena, nacido en Elizondo (Valle de Baztán, Navarra). Era hijo de Juan Goyeneche y de María Martiarena. Veedor de la Gente de Guerra de la Costa del Reino de Granada, Juan Antonio de Goyeneche vivía en Vélez en una casa con una curiosa torre octogonal que todavía se conserva frente al Convento de San Francisco.

3.  Arroyo situado en Benajarafe

4. Citado a Consecuencia de la Requisitoria  enviada a Málaga, donde es llamado Balthasar Phelipe de Velasco como se puede leer más arriba en el texto de dicha requisitoria.   Dice: " siendo presentada esta mi Requisitoria.... se citen y hagan saber el citado Auto de veintiuno de marzo de este año a Balthasar Phelipe de Velasco, etc.,"
***

3.- Prolegómenos, nombramientos, Apeo propiamente dicho y efectos del mismo.  (imgs. 133 - 172)


Nombres que aparecen en los prolegómenos:

D. Pedro Agustín de Ferreras, vecino de la ciudad de Granada, residente en Granada o/y  Vélez. Apoderado de  Señora Marquesa de Castrofuerte,  tutora y curadora de la persona y bienes de su nieto, el Excmo. Señor Marqués de Mondejar, 
Don Juan de Alés y a Don Juan Rando:  Peritos apeadores y deslindadores para dicho Apeo, nombrados por la parte del Marqués de Mondejar, vecinos de esta ciudad, labradores y viñeros y personas del mayor conocimiento e inteligencia de las Haciendas y linde de dicho partido de Almayate. Se les notificó, se les nombró y aceptaron el 2 de mayo de 1749. 
Don Alonso Domínguez, vecino y labrador de dicha ciudad y morador en el partido de Almayate y  Manuel Ortiz de Navas vecinos de la villa de Macharaviaya: se les nombró de oficio porque los citados no presentaron ninguno en los seis días de plazo que tenían para hacerlo. Se decía que eran sujetos de conocimientos de las lindes de dichos partidos y pagos y otros a quienes se les notifico, se les nombró y aceptaron  y juraron  hacer su deber el 5 de mayo de 1749. 



APEO

  Fe de Salida: Doy fe, que hoy, seis de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve, el Excmo. Señor Doctor Don Gonzalo Rioja de Valladares, Corregidor de la Ciudad de Vélez, salió de esta asistido de mí el escribano y Juan Hurtado Ministro de la Audª y llegó a este partido que llaman de Almayate y Arroyo que dicen de las Adelfas para el efecto de hacer el Apeo que está mandado y para que conste pongo por diligencia que firmo, Pedro de Álamo.

Apeo. Reunidos en el partido que llaman de Almayate y principio del arroyo de las Adelfas, a la orilla de la mar, termino y jurisdicción de esta ciudad de Vélez a seis días del mes de mayo de 1749 años, su señoría el Señor Doctor D. Gonzalo de Rioja y Valladares del Consejo de su Majestad, su Alcalde del Crimen de la Real Audiencia de Sevilla, Corregidor y Superintendente de Rentas de dicha ciudad y su partido, habiendo concurrido a dicho sitio D. Pedro Agustín de Ferreras, Apoderado del Excmo. Señor Marqués de Mondejar, Juan del Álamo, Apoderado y Administrador del Convento Religioso de Santa Clara de Dicha Ciudad, D. Juan de Arteaga, D. Juan Rando, peritos nombrados por parte de su Excmo., Alonso Domínguez, Manuel de Ortiz, que lo han sido de oficio por la rebeldía de los demás interesados, su señoría dicho señor corregidor, por ante mí el escribano, recibió Juramento de dichos cuatro peritos que lo hicieron por Dios y una Cruz en forma de derecho y bajo él prometieron hacer el Apeo y deslinde de bienes y fielmente sin agravio de partes según su inteligencia y teniendo presente los Autos e instrumentos presentados por parte del dicho Excmo. Señor, por no haberse personado otro por los demás interesados, y especialmente las informaciones, Apeo y posesión que a pedimento del Excmo. Señor Marqués de Mondejar que entonces era, se hizo en el año pasado de 1706, que todo ello se manifestó y legó a dicho señores y, enterados de su contenido, se dio principio a dicho Apeo de todas las tierras que en el referido partido de Almayate pertenecieron a su Excmo. en la forma y manera siguiente:

Estando a la orilla del mar y principios de Arroyo que entra en él, que dijeron los Peritos llamarse de las Adelfas y ser por donde deben empezar el Apeo por aquella parte, se puso un mojón de piedra de Cantería y desde allí se subía hacia la parte del Norte todo el dicho Arroyo arriba que va sirviendo de sendero por junto de la Casa del Cortijo de dicho Convento de Santa Clara, quedando esta a la derecha y dentro de las tierras del Excmo., y se llegó al sitio que llaman de la Fuente de la Parra, que se denomina así por la que hubo en la que ya está seca, y en dicho sitio hay dos algarrobos grandes casi juntos sobre unas pizarras y por la parte de poniente está la Hacienda y una casilla de los Herederos de Fernando Antonio Cabrera, vecino que fue de esta villa de Benamocarra, digo de Macharaviaya, y por la de Levante la Hacienda y una casa arruinada que dijeron llamarse del Niño Perdido5 en cuyo sitio se puso un mojón de la misma piedra.

Y desde dicho sitio, dejaron el referido Arroyo de las Adelfas a la mano Izquierda y siguieron por la derecha y por entre la Hacienda de los Herederos de Marcos de Morales por una cañada que pasa inmediata a la casa de la Hacienda, dejándola a la derecha en tierras de su Excmo., cuya Cañada tiene junto a dicha casa muchos árboles frutales, como son olivos, granados, algarrobos y almendros, se siguió por esta, línea recta, a lo alto de un Cerro que dijeron llamarse de Las Galeras y en la cumbre de él se encontró un  montón de piedras que dijeron los dichos Peritos ser el mojón, el que se renovó con otro de piedra de cantería.

Desde dicha cumbre, siguieron por la loma de ellas hacia la parte de Levante sirviendo siempre de confinante la Hacienda de los herederos de Don Hugo de Bourman, quedando esta fuera del apeo a su mano izquierda y continuaron desde esta loma línea recta hasta caer en un Arroyo que dijeron llamarse de Viveros, dejando a mano derecha, comprendidas en las tierras de el Excmo., la heredad que hoy gozan Don Juan y Don Alonso de Carrión y Cáceres, Beneficiados de la Iglesia Parroquial del Señor San Juan de dicha ciudad de Vélez, y antes de llegar a dicho arroyo y junto a él, señalaron por mojón unas pizarras grandes como una vara de alto, el que se renovó con el de piedra de cantería.

Y pasado dicho Arroyo y reclinándose hacia la parte Norte, dejaron a la izquierda una Casilla arruinada que dijeron ser la de la referida Hacienda de los Herederos de Bourman y a la derecha la casa de la Hacienda que llaman de Los Postigo6  que hoy gozan Francisco y Antonio Gallardo, que queda comprendida en las tierras de su Excmo, se siguió la loma de un cerro vía recta hasta llegar al cerro que dijeron llamarse Minero, dejando a la derecha un barranco que hay en la dicha Hacienda de los Postigo, y en él mucho árboles frutales y una fuente y en la cumbre del dicho cerro Minero se puso un mojón de dicha piedra, quedando por lindero a la mano izquierda y fuera de la tierra de su Excmo. la Hacienda que hoy goza Dña. Bernarda Riveros, viuda de Don Antonio Riveros, vecina de esta ciudad y dejando dentro de la tierra de su Excmo. la referida Hacienda de Los Postigo.

Desde dicha cumbre se siguió toda la loma de ella abajo hacia la parte de Levante, quedando fuera de este apeo y sirviendo de lindero la hacienda de Dña. Gertrudis Sánchez, viuda de Juan de Robles, vecina de dicha ciudad, pasando por la Hacienda y casa que fue de Lucas Albarracín vecino de Benaque y que hoy goza Lorenzo Jiménez, vecino de dichas ciudad, la que queda a la derecha y comprendida en las tierras de su Excmo, se bajó un arroyo que dijeron llamarse de Cajiz y a la orilla de él se encontró una piedra grande que expresaron nominarse la del Gallo, la que señalaron por mojón y continuaron de dicho arroyo que va sirviendo de lindero hasta llegar a unos eriazos que dijeron ser de Dña. Francisca de Alés, viuda de Alonso Domínguez, vecina de dicha ciudad, en cuyo sitio y en acuífero de dicho Arroyo se puso un mojón de dicha piedra. 

Y por ser ya muy tarde, su señoría dicho señor corregidor dijo cesar por ahora en este apeo para continuarlo mañana y que se retirasen todos a la casa de D. Juan Rando que está inmediata y dichos Peritos dijeron que todo lo que han expresado es la verdad y lo que pueden decir según su leal saber y entender so cargo de sus juramentos hechos y lo firmaron los dichos D. Juan de Alés y Manuel de Ortiz y no los dichos D. Juan Rando y Alonso Domínguez porque dijeron no saber, lo firmó su señoría Don Gonzalo de Rioja y Valladares, Manuel Ortiz y Navas; Juan Alés. Pedro del Álamo.

Prosigue el Apeo. Estando en el arroyo que dicen de Cajiz  y en sitio donde se dejó el Apeo en el día de ayer, jurisdicción de la ciudad de Vélez, en siete días del mes de mayo de mi setecientos cuarenta y nueve, yo el Señor Doctor Don Gonzalo de Rioja y Valladares del Consejo de su Majestad y su Corregidor en ella, asistido de los dichos Don Pedro Ferreras, don Juan de Álamo (dice Juan), y del ministro de la Audª  y estando presente los referidos D. Juan Rando, D. Juan de Ales, D. Alonso Domínguez y Manuel Ortiz, peritos nombrados para el Apeo y amojonamiento de las tierras del Excmo. Marqués de Mondejar, su señoría por ante mí el escribano les volvió a recibir el juramento a dichos Peritos, quienes lo hicieron por Dios y una Cruz en forma de derecho y bajo él prometieron bien, fiel y legalmente según su inteligencia sin agravio de partes y habiéndoseles vuelto a manifestar y leer los instrumentos presentados, se continuó dicho Apeo en la forma siguiente:

Desde el dicho sitio donde se puso el ultimo mojón en el día de ayer, se atravesó el referido Arroyo de Cajiz, dejando su corriente a la mano derecha, y se pasó frente a donde empieza otro arroyo o barranco que sube hacia la parte del Norte, en cuya entrada y en el quifero de la mano derecha hay unas pizarras coloradas y se siguió dicho Barranco arriba vía recta en el que por una y otra parte se encontraron granados, almendros, higueras y algunas morales. Y por la izquierda de dicho arroyo va confinando con la Hacienda de los Herederos de Juan de Robles, que queda fuera de este Apeo, y por la derecha con la Hacienda de los Herederos de Diego Díaz de las Cuevas, comprendida en las tierras de su Excmo. Y se llegó, por dicho Barranco que va sirviendo de lindero, a la casa y Hacienda que fue de Alonso de Villaverde y Francisco Sánchez Calero, que hoy la poseen los Herederos de dicho Juan de Robles, y pasando por frente a la dicha casa, dejándola a la mano izquierda no comprendida en este Apeo, inclinándose un poco hacia la parte de Levante, continuaron por una cañada arriba hasta llegar a la cumbre de un cerro donde se encontró atravesar el Camino que va desde la villa de Benamocarra a la Ciudad de Málaga en cuyas cumbre y camino, a la linde de las tierras de Javier de Robles, se puso un mojón de la dicha piedra.

Y subiendo el expresado Camino hacia la villa de Benamocarra, el que va sirviendo de mojón, se llegó a la linde de la Hacienda que fue de los Herederos de Tomás García Granados y hoy la posee Don Andrés de Roa, vecino de la dicha ciudad de Vélez y en este sitio, entre lindes de la Hacienda de dicho Roa y de la de Don Juan Cruhalan (o Catalán), también vecino de dicha ciudad, a orilla del camino se puso un mojón de dicha piedra.

Y dejando el referido camino a la mano izquierda, se tomó a la derecha hacia la parte de Poniente, bajando por una vereda antigua que dijeron los dichos Peritos era la misma que en otro tiempo había sido camino para ir desde Benamocarra e Iznate al lugar de  Almayate. Se continuó dicha vereda la cordillera abajo de unas lomas, a la vista siempre del Arroyo de Casamao que se deja a la izquierda, y en una de dichas lomas o cerros que hay en dicha cordillera, en la cumbre, se encontró una pared de piedras pardas secas y unos riscos que se señalaron por mojón. Y en el otro cerro que le sigue, en la cumbre se encontró también risco, pared y muchas piedras movidas y por dicha cordillera se llegó a un collado donde frente a la mano derecha y parte de Poniente se ve la casa de la Hacienda de Don Manuel de Gámez, vecino de Vélez, y desde dicha casa y Hacienda viene una vereda que se reconoce ser antigua, la que cruza por dicho collado la otra vereda que se llevaba a dicho lugar de Almayate y no se encontró en aquellas cercanías algarrobo alguno como lo cita el apeo antiguo y en el expresado collado se puso un mojón de dicha piedra.

Y dejando la dicha vereda que va a Almayate a la mano derecha, se tomó desde dicho Collado a la izquierda y hacia la parte de Levante siguiendo la expresada vereda que viene de la Hacienda de Don Manuel de Gámez, se llegó a poca distancia a una cañada, la que siguieron dejando a la derecha la vereda hasta llegar donde fenece el referido Arroyo de Casamao y empieza a tomar el de Coscoja, cuyo arroyo señalaron por mojón.

Desde allí, siguieron la corriente de dicho Arroyo de Coscoja que dijeron y va sirviendo de lindero y mojón, pasando por junto a la casa de la Hacienda de los Herederos de Don Andrés Salido de Guzmán, quedando dicha casa a la mano izquierda y fuera de este Apeo. Y llegaron por dicho arroyo a unas tierras y viñas que dijeron haber sido de Don Cristóbal Mercado y hoy la poseen por izquierda del arroyo Don Andrés Salido Gámez y Don Jose de Mata y por la derecha el dicho José de Mata, y pasadas estas se encontró un arroyo que se une con el de Coscojas en dicho sitio, del que desciende a la dehesa baja, propias de dicha ciudad, el cual dijeron los Peritos sería el que en el Apeo antiguo llaman del Almecino porque no han oído ni tenían noticias alguna de arroyo con semejante nombre ni saben el que tenga el referido que desciende de la dicha dehesa y porque es natural que sea el mismo que dicen del Almezino respecto a que a la mano derecha de dicho sitio y no a mucha distancia se reconocieron y hay unos almeces.

Y desde la dicha ¿…..? de los expresados dos arroyo referidos, a la derecha el de Coscoja, se subió por el otro a la izquierda hacia la parte de Levante y por él se llegó a un collado que es por donde se tropieza por aquella parte la dicha dehesa baja cuya linde sirve de mojón.

Y volviendo hacia la parte del medio día, siguiendo la linde de dicha dehesa que va sirviendo de mojón que va a la mano izquierda fuera de apeo, por toda la cordillera de las Lomas, se llegó a la Hacienda que fue de Don Francisco Garavito que hoy poseen los Herederos de D. Antonio Jarano vecino de Vélez, se continuó la linde de la dicha Dehesa que confina con la referida Hacienda, quedando ésta a la mano derecha, comprendida en las tierras de su Excmo. y dejando también a la izquierda un majuelo ¿picapedruero? Juan de Ales, vecino de dicha ciudad en tierras que compró por baldías a la Real Hacienda por lo que no se incluyen en este Apeo, se llegó al Arroyo que llaman de la Cañada del Capitán el que señalaron por lindero y mojón.

Y desde dicho arroyo, dejándolo a la izquierda y volviendo hacia la derecha hacia la parte de poniente por las lindes de las viñas y Hacienda que fueron de dicho Garavito y hoy son de los Jaranos, quedando estas incluidas en el Apeo, se subió a lo alto de una loma cuyas tierras eran de Don Tomás y Don Felipe Enríquez y hoy las goza Don José Granados, vecino de Vélez y en la cumbre de dicha loma se puso un mojón de dicha piedra. Y desde dicha cumbre siguieron la cordillera por una Casa que llaman la ¿Alta? que está arruinada y fue de la Hacienda de los dichos Enríquez. Pasada dicha casa en la cumbre de la penúltima loma se encontró un montón de piedras que señalaron por mojón, el que se renovó. Y siguiendo la cordillera, a remate de ella se encontró entre unas matas una peña grande que dijeron ser mojón y se señaló por tal.

Y desde ahí se bajó por el Camino Real que va de la ciudad de Vélez a la de Málaga y a la mano derecha como se va a la dicha de Málaga se encontró en el mismo camino una peña blanca grande clavada en el suelo que dijeron los peritos ser mojón y se señaló por tal.

Y desde allí siguieron el dicho camino que va a Málaga que va sirviendo de mojón y se llegó a un pozuelo que está inmediato a dicho camino a la mano derecha que dijeron llamarse de Moyano de donde nace el Arroyo que llaman del Pozuelo y desde dicho sitio, dejando el camino a la derecha, se siguió dicho arroyo hacia la mar y parte de medio día hasta llegar a las Playas que llaman de Vargas.

Y desde allí, volviendo a la izquierda y hacia la parte de Levante por los tajos del Peñón que sirven de lindero se llegó hasta el final de dichos tajos y un poco más hasta la linde de las hazas de las fábricas de dicha ciudad de Vélez y desde allí se volvió hacia la derecha línea recta ¿……?, sirviendo de lindero las dichas hazas de las fábricas y unos Juncares que uno y otro quedan fuera de este Apeo hasta llegar a la misma mar, quedando comprendidas en este Apeo todas las Playas de Vargas y demás Vegas que se han quedado a la derecha de dichos límites señalados.

Y de dichas hazas de las dichas fábricas hasta volver al Arroyo de las Adelfas, donde se empezó el Apeo por la parte de la mar, dijeron servir de lindero la dicha mar y que todas las tierras comprendidas dentro de los límites que van señalados en este Apeo son las que tienen por propias de dicho Excmo. Señor.

En esta forma se feneció dicho Apeo, que dijeron dichos Peritos haber hecho legítimamente según su leal saber y entender sin agravio de partes bajo los juramentos tienen hechos y su Señoría dijo lo aprobaba y aprobó cuanto ha lugar en derecho sin perjuicio de las partes y de los derechos que además correspondan a su Excma. Y los dichos Peritos dijeron ser de edad, el dicho Don Juan Rando de cincuenta y cuatro años, Don Juan de Alés de sesenta y seis, Alonso Domínguez de cuarenta y ocho, y Manuel de Ortiz de sesenta y nueve, y lo firmaron este y dicho Alés y no los otro dos porque dijeron no saber, firmó su Señoría. Yo el escribano que doy Fe. Don Gonzalo de Rioja y Valladares. Manuel de Ortiz y Navas. Juan de Alés. Pedro del Álamo".

Fin del Apeo 


Petición. Don Pedro Agustín de Ferreras, vecino de la ciudad de Granada, residente en esta, en nombre del Excmo. Señor Marqués de Mondejar ante vs. como más haya lugar digo que en virtud de Despacho de Su Majestad y Señores del Real y Supremo Consejo de Castilla y otros títulos, mercedes e instrumentos, pedí se hiciera Apeo, deslinde y amojonamiento de todas las tierras de Vegas, montes, arbolados, cortijos y caserías que dicho Excmo. Señor, mi parte, tiene y posee en el partido que dicen de Almayate de inmemorial tiempo a esta parte en virtud de mercedes que los Señores Reyes hicieron a sus antecesores. El cual dicho Apeo en fuerza de dichos instrumentos mandó ¿vs? hacer y con efecto se ejecutó con toda formalidad, como de él mismo ¿…….? y es el que en nombre de mi parte presento, y juro, y para que obtenga los títulos e instrumentos de propiedad que tan legítimamente le tocan y pertenecen, conviene a su derecho se le dé la posesión de todos los heredamientos, casas, vegas, cortijos, caserías y arbolados que se hayan comprendidos en el Apeo y deslinde que se ha hecho por vs.

Por tanto, suplico a vs. sea servido mandar se dé a dicho señor Excmo., mi parte, la posesión real, corporal, vel quasi de las dichas tierras y demás que le pertenecen y que se hallan deslindadas y amojonadas, todo en conformidad de las que antecedentemente se le tienen dadas a dicho señor Excmo., mi parte, por ser así de Justicia que pido ¿VM? y juro, Pedro Agustín de Ferreras.  

Auto: Por presentada, póngase con los Autos de apeo que refiere y tráiganse y en su vista, el señor Doctor Don Gonzalo Rioja y de Valladares del Consejo de su Majestad, su alcalde del Crimen de la Real Audiencia de Sevilla, Corregidor y Superintendente de Rentas Reales de esta ciudad de Vélez y su partido, por su Majestad y en ella, en diez días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve años, mando se dé a la parte del Excmo. Señor Marqués de Mondejar, la posesión real, actual, corporal, vel cuasí, de todas las tierras y heredamientos, vegas, cortijos y caserías que se hallan en el partido de Almayate comprendidas bajo los límites y mojones del Apeo que se ha ejecutado por sus señoría en los días seis y siete del presente mes la cual sea y se entienda sin perjuicio de tercero que mejor derecho tenga y para ello se da comisión al Alguacil mayor de esta ciudad y por este su Auto así lo probeyo y firmo, Doctor Don Gonzalo de Rioja. Ante mí, Pedro del Álamo

En la ciudad de Vélez, dicho día mes y año, yo el escribano hice saber el Auto de comisión antecedente a Don Antonio de Carrión y Anaya, vecino y Regidor Perpetuo de esta ciudad y Alguacil mayor de ella y en su persona, quien habiéndolo entendido dijo estar pronto a cumplir con lo que se manda y lo firmó. Doy Fe, Don Antonio del Álamo.

__________

5.  La Cortijada del Niño Perdido, situada en la loma del mismo nombre, sigue existiendo en Benajarafe alto y está habitada.

6. Se refiere a Los Postigo de Arroyo de Íberos, hoy denominados “Barriada de Los Postigo” muy cercana a “Barriada  Íberos”.

***



4.- Posesión

"Estando en el campo partido de Almayate y jurisdicción de la ciudad de Vélez y en todo el recinto que comprenden las viñas, tierras, arboledas, playas, vegas y demás heredamientos del Apeo, deslinde y amojonamiento hecho por la Justicia de dicha ciudad, en diez y nueve días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve, Don Pedro Agustín Ferreras, apoderado del Excmo. Señor Marques de Mondejar, Conde de Tendillas, requirió con el Auto antecedente del señor Corregidor de dicha ciudad a Don Antonio Carrión y Anaya, vecino, Regidor Perpetuo y Alguacil mayor de ella, para que en nombre de su Excma. le de posesión de dichas tierras y heredamientos comprendidos en dicho Apeo y en su cumplimiento y en virtud de su comisión el referido Alguacil mayor tomó por la mano a dicho D. Pedro Ferreras y lo paseó por dichas tierras, quien mudó terrones, cortó ramas de Almendros, granados, olivos y otros árboles y dijo le daba y dio en nombre dicho Señor Excmo. la posesión que dicen del Marqués, del Castillo que dicen del Marqués, Playas de Vargas, vegas de Almayate y de todas las demás tierras, viñas y arbolados de dicho campo y que se “hallan (o hallen)” por propias de dicho señor y bajo de Apeo y amojonamiento hecho a ellas, le daba y dio real, actual, Corporal y vel quasi de todo lo referido y sin perjuicio de terceros que mejor derecho tenga y en señal de que el referido Don Pedro tome dicha posesión en nombre del dicho señor Excmo. Marqués quieta y pacíficamente sin contradicción de persona alguna y practicados los actos para ello, lo pidió por testimonio y de ser así yo el escribano lo doy a que fueron presentes por testigos D. Antonio Rojano, Don Juan Rando, Don Miguel de Álamo vecino de dicha ciudad de Vélez y lo firmaron, de que doy Fe. Don Antonio de Carrión y Anaya, Don Pedro Agustín de Ferreras, Don Pedro del Álamo".
    

II.- Petición de la Mensura. Auto, nombramiento y aceptación de los cargos y Mensura (imgs. 173 -181)

Don Pedro Agustín de Ferreras, vecino de la ciudad de Granada y residente en esta, apoderado de la Excma. señora Catalina Pacheco Ponce de León, Marquesa de Castrofuerte como tutora y curadora de la persona y bienes del Excmo. Señor Marqués de Mondejar Conde de Tendillas, su nieto menor, ante mí como más haya lugar. Digo que en virtud de dicho poder me hallo entendiendo en las diligencias del Apeo, deslinde y amojonamiento de las tierras que dicho Señor Excmo. tiene por suyas propias y de sus mayorazgos en el campo de Almayate término y jurisdicción de esta ciudad en fuerza del Real Despacho de Su Majestad y Señores del Real Supremo Consejo de Castilla ¿cometido a vm? y en fuerza de él se hizo por su señoría el señor Corregidor con toda solemnidad Apeo, deslinde y amojonamiento de dichas tierras. Juntamente mando dar la posesión de ella, la que a nombre de dicho señor Excmo. tengo tomada, de todos los terrazgos, heredamientos, casas y arboledas que se hallan comprendidas en dicho Apeo, deslinde y mojones puestos y ahora conviene al derecho de su Excma., mi parte, para que en todo tiempo consten las fanegas de tierra de que se componen dichos terrazgos y heredamientos, que se haga mensura de ellos para lo cual desde luego nombro por medidores a Phelipe Pérez y a Juan Ramírez de Molina, vecinos de la ciudad de Málaga y medidores Públicos y recibidos en la ciudad de Málaga, Granada y Alcalá la Real y personas de la mayor integridad e inteligencia en dicho oficio. Por tanto y para que tenga efecto dicha mensura, suplico a vm. los haya por nombrados a nombre de dicho Señor Excmo., mi parte, a quienes se les haga saber, lo acepten y juren hacer el deber respecto a hallarse dichos medidores en la Jurisdicción y término de esta ciudad y que conforme vayan haciendo sus mensuras cada uno separadamente las declaren ante el presente escribano con la distinción de las personas poseedoras de dichas tierras y sus linderos con toda claridad y distinción de sus fanegas y que se hallan comprendidas en el citado deslinde por ser de Justicia que pido ¿…..? y Juro. Don Pedro Agustín de Ferreras.

Auto/Por presentada, y hágase la mensura de tierras que por esta parte se pide para lo que su ¿mrd? nombrado medidores públicos de ellas a los dichos Phelipe Pérez y Juan Ramírez de Molina, vecinos de Málaga y residente de esta jurisdicción a quienes se les notifique, acepten y juren hacer el deber y que en la conformidad que vayan practicando las mensuras de tierras las declaren con toda distinción ante el presente escribano a quien su ¿mrd? da comisión para ello.

Lo mando el señor Don Francisco de la Vega Regidor Perpetuo de esta ciudad de Vélez y teniente corregidor de ella por ausencia de su Señoría el Sr. Doctor Don Gonzalo de Rioja y  Valladares que lo es en propiedad por su Majestad. En diez y nueve días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve años, Dª Francisco Laso ante mi Pedro del Álamo.

Nombramiento y aceptación. En la ciudad de Vélez, en diez y nueve días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve años, yo el escribano hice saber y notifiqué el nombramiento del medidor antes hecho por la parte del Excmo. Señor Marqués de Mondejar para la medida de las tierras que dicho Señor posee en el campo de Almayate, termino y jurisdicción de esta dicha ciudad, a Phelipe Pérez, vecino de la ciudad de Málaga, residente en esta y medidor público, en su persona, quien habiéndolo entendido dijo aceptar y aceptó el nombramiento que se le ha hecho y juró en forma de derecho hacer su deber y lo firmó. Doy fe. Phelipe Pérez, Pedro del Álamo.

Nombramiento y aceptación. En la ciudad de Vélez, en el referido día, mes y año, yo el escribano hice saber y notifique el nombramiento de medidor hecho por el Excmo señor Marqués de Mondejar para las tierras que posee en el campo de Almayate a Juan Ramírez de Molina, medidor público, vecino de la ciudad de Málaga, residente en esta, en su persona, quien habiéndolo entendido dijo aceptar y aceptó el nombramiento que se le ha hecho y juró en forma de derecho hacer su deber y lo firmó. Doy fe. Juan Ramírez de Molina, Pedro del Alamo.

Mensura que se hace en el campo de Almayate por Juan Ramírez de Molina y Phelipe Pérez, vecinos de la Ciudad de Málaga, medidores públicos de Su Majestad y recibidos en dicha, en Málaga, Granada y Alcalá la Real a pedimento de Don Pedro Agustín de Ferreras, apoderado del Excmo. Señor Maqués de Mondejar, Conde de Tendillas, cuya es la propiedad de dichas tierras que se hallan apeadas, deslindadas y amojonadas por la Justicia de la ciudad de Vélez y tomada su posesión.

Estando en el campo de Almayate, cortijo de Don Juan Rando, de la Jurisdicción de Vélez, en veinte días de mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve, ante mi el escribano de número de dicha ciudad, comparecen Juan Ramírez de Molina vecino de la ciudad de Málaga y residente en el partido de Chilches, jurisdicción de ella, y Phelipe Pérez, vecino así mismo de dicha ciudad, medidores públicos con títulos de Su Majestad y recibidos el primero en la ciudad de Alcalá la Real y el segundo en la de Granada y Málaga y nombrados por parte de Don Pedro  Agustín Ferreras, apoderado del Excmo. Señor Marqués de Mondejar y Conde de Tendillas vecino de la villa y Corte de Madrid para medir todas las tierras y heredamientos que en dicho campo del Almayate tiene por suyas propias dicho señor, cuyo nombramiento tienen aceptado y nuevamente aceptan y con juramento que hacen a Dios y a una cruz en forma de Derecho, el dicho Juan Ramírez dijo ha medido en este día con la medida y marco y cuerda mayor que se usa en la ciudad de Córdoba que se contiene de seiscientos sesenta y seis estadales y dos tercios y cada estadal de tres varas y cinco octavos lineales, las tierras que posee:

(Se han elaborado fichas por cada medición con los datos relevantes)


Nº 1. D. Alonso de Carrión y Cáceres, Beneficiado de la Iglesia parroquial del Señor San Juan Bautista de Vélez.

VECINO: de Vélez       .

DESCRIPCIÓN: tierras que posee

PAGO: Cerro de las Peñas, del campo de Almayate

LINDEROS:

        ORIENTE/ LEVANTE: Arroyo que baja de Almayate

        NORTE: Juan Carrión Checa

        PONIENTE: Arroyo de Íberos

        MIRANDO A LA MAR: Tajos de la Vega

FANEGAS: 42             INÚTILES: 4 de ellas


Nº 2. D. Alonso de Carrión  y Cáceres

VECINO: de Vélez

DESCRIPCIÓN: otras tierras que goza en

PAGO: Almayate

 LINDEROS:

            ORIENTE: tierras que llaman de la Marquesa

          NORTE: Juan Ramírez Tello, Beneficiado de la Iglesia parroquial de Santa María de  Vélez.

            PONIENTE: Josefa Marín, Viuda de Juan Marín

            POR EL MAR: Arroyo de Almayate

FANEGAS: 28 y media             INÚTILES: 2 de ellas

 

Nº 3. D. Alonso de Carrión y Cáceres

VECINO: de Vélez

DESCRIPCIÓN: tierras en Almayate que posee en

PAGO: de la Minda, arroyo abajo del Cauche.

LINDEROS:

            ORIENTE: con el arroyo de la Minda y con tierras de Alonso Domínguez

            NORTE: con tierras que disfruta D. Juan Ramírez Tello

            PONIENTE: con  dicho arroyo del Cauche

            POR A LA MAR:         

FANEGAS: 90              INÚTILES: ¿…?


Nº 4. D. Alonso de Carrión y Cáceres

VECINO: de Vélez      

DESCRIPCIÓN: haza de tierras con 20 olivos que goza en

PAGO: Arroyo de la Minda

LINDEROS:

            ORIENTE: con el arroyo que va a la ciudad de Vélez.

            NORTE: tierras de Pedro Domínguez

            MEDIO DÍA: Arroyo de la Minda

FANEGAS: 7 y media

 

Nº 5. Alonso de Carrión y Cáceres

VECINO: de Vélez

DESCRIPCIÓN: Heredad de viñas y tierras propia

PAGO: del Cerro de las Galeras 7

LINDEROS:

            ORIENTE: con viñas de los herederos de Postigo

            NORTE: Arroyo de Viveros 8

           PONIENTE: viñas del susodicho que las dividió en el Apeo y deslinde que se hizo por               la Justicia de la ciudad de Vélez

            MEDIO DÍA: viñas de Melchor de Morales

FANEGAS: 41              INÚTILES: 5 de ellas

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7. El Cerro y Cordillera de las Galeras están situados al norte de Benajarafe y al Sur de Arroyo de Íberos.

8.  Arroyo de  Íberos